Ya se encuentra abierto el plazo de presentación de solicitudes a la convocatoria de subvenciones correspondientes a los programas de incentivos para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en el Principado de Asturias.

 

Esta convocatoria destina un importe total de 2.090.000,00 €, y la apertura del plazo de presentación de solicitudes a la misma es de aplicación para los siguientes programas de incentivos:

Serán actuaciones subvencionables:

1. Las encaminadas a la implantación de nuevas instalaciones o las ampliaciones y sustituciones de sistemas de producción existentes, que abastezcan cualquiera de las aplicaciones que recoge el punto AI.1. Se incluyen las tecnologías solar térmica, geotermia y energía ambiente (aerotermiae hidrotermia), biomasa, microrredes de distrito de calor y/o frío.

2. Las microrredes de distrito de calor y/o frio que se acojan al Programa 2 deberán cumplir que, como mínimo, el 80% de la producción anual generada esté destinada a autoconsumo.

3. Las instalaciones realizadas deberán cumplir con los requisitos técnicos que, en función de la tecnología, establece el Anexo I del RD 1124/2021, así como cualquier otra normativa nacional o europea que les sea de aplicación, incluido, en su caso, el Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios (RITE), aprobado por Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio.

4. Las instalaciones de geotermia y energía ambiente (aerotermia e hidrotermia) mediante bomba de calor deberán tener un rendimiento medio estacional (SFP) superior a 2,5 para las aplicaciones de calor. En el caso de las aplicaciones para únicamente producción de frío en climatización de edificios, el SPF mínimo será el que se establezca en la normativa vigente de carácter nacional o europea.

5. Las instalaciones de biomasa para climatización o ACS deberán lograr una reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero de al menos un 80 % a fin de que se alcance un «Coeficiente Plaza España 1, 33007 Oviedo. Tlfno.: 985 10 55 00 Página 5 de 15 para el cálculo de la ayuda a los objetivos climáticos» del 100 %, de acuerdo con lo establecido el Anexo VI del el Reglamento (UE) 2021/241 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

6. Todas las instalaciones, excepto la tipología de biomasa aparatos de calefacción local, deberán contar con un sistema de monitorización de la energía térmica producida por la instalación objeto de subvención.

7. Para que las actuaciones a que se hace referencia en los apartados anteriores resulten subvencionables, es necesario que se realicen en el territorio del Principado de Asturias.